La Cámara Argentina de la Industria de Productos Veterinarios (Caprove) recordó que se debe dar cumplimiento a la Resolución 128/2012 del Senasa, que alcanza a la totalidad de los establecimientos productores de leche de bovinos, caprinos y ovinos, y los productores de carne de bovinos y caprinos. En la norma, se aprueba el nuevo Plan Nacional de Control y erradicación de la "tuberculosis bovina" en el país, que se adecua a las nuevas circunstancias, problemáticas y exigencias actuales referidas a la enfermedad.
La tuberculosis provoca perjuicios económicos en la explotación ganadera, limitando su producción y el comercio de exportación. Además, es una enfermedad que afecta a la Salud Pública por tratarse de una zoonosis.
Se recordó que aún está abierto el plazo para la inscripción obligatoria en el Plan establecido por el Senasa, pues aquellos tambos y cabañas que no se hayan inscripto no podrán realizar movimientos de ganado ni emitir Documentos de Tránsito electrónico (DT-e) o Documentos de Tránsito Animal (DTA).
La Resolución, tiene como fin mejorar las posibilidades del sector agroalimentario, aumentando la eficiencia productiva de los rodeos nacionales, en la obtención de productos cárnicos y lácteos de alta calidad y sanidad.